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Obligación de documentar operaciones vinculadas al Impusto sobre Sociedades

Obligación de documentar operaciones vinculadas al Impusto sobre Sociedades

Si su empresa lleva a cabo operaciones con personas o entidades vinculadas – por ejemplo, con otras sociedades del mismo grupo o con socios con una participación igual o superior al 25%, o bien familiares de estos, hasta el tercer grado–, tendrá que valorarlas a precios de mercado. Sin embargo, en ciertos casos también tendrá que informar de estas operaciones a Hacienda o documentarlas.
Impost Sobre Societats

En el marco de las obligaciones fiscales que tienen que cumplir las empresas, queremos recordarlos la importancia de informar correctamente Hacienda sobre las operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas. 

Si el año pasado su empresa realizó operaciones con personas o entidades vinculadas, recuerde en qué casos tendrá que informar a Hacienda y a través de qué declaraciones lo tendrá que hacer. 

Operaciones vinculadas 

Las operaciones vinculadas son aquellas que su empresa realiza con personas o entidades con las cuales tiene una relación especial. Este tipo de operaciones incluye, por ejemplo, transacciones con otras sociedades del mismo grupo, con socios que tienen una participación igual o superior al 25%, o bien con familiares de estos socios hasta el tercer grado. 

Es crucial que estas operaciones se valoren a precios de mercado para garantizar la transparencia y la equidad fiscal. Aun así, en algunos casos, no hay bastante con valorarlas adecuadamente, sino que también hay que documentarlas e informar Hacienda. A continuación, se detallan las obligaciones específicas. 

Obligación de documentar 

Dosier de operaciones vinculadas 

Umbral de 250.000 Euros:
Si su empresa ha realizado operaciones con una misma persona o entidad vinculada el importe total de la cual sea igual o superior a los 250.000 euros durante el ejercicio, tendrá que preparar un dosier detallado.  

Excepción para grupos fiscales consolidados: Si su empresa forma parte de un grupo acogido al régimen de consolidación fiscal, no será necesario confeccionar este dosier para las operaciones realizadas con otras sociedades del mismo grupo fiscal. 

Conservación y presentación del dosier 

El dosier no necesita presentarse de forma efectiva, pero tiene que estar disponible por sí Hacienda lo pide. Hacienda puede requerir este documento a partir de la finalización del plazo voluntario de presentación del Impuesto sobre Sociedades (IS). En el supuesto de que el ejercicio social de su empresa coincida con el año natural, esta fecha es el 26 de julio de cada año. 

Formulario de operaciones vinculadas (FOV) 

Para empresas de reducida dimensión, existe la posibilidad de presentar electrónicamente el Formulario de Operaciones Vinculadas (FOV), que sustituye el dosier mencionado. 

Además de la documentación requerida, las operaciones sujetas a la obligación de documentación se tienen que declarar a través del modelo 232. 

  • Operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre que el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones, en el periodo impositivo, supere los 250.000 euros, de acuerdo con el valor de mercado. 
  • Operaciones específicas, siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operaciones, en el periodo impositivo supere los 100.000 euros:
  • Tribute por módulos y tenga una participación superior al 25% 
  • Transmisión de negocios 
  • Transmisión de participaciones en entidades no cotizadas o situadas en paraísos fiscales 
  • Transmisiones de inmuebles 
  • Activos intangibles 
  • Operaciones con personas que suponga más del 50% de la cifra de negocio. 

Plazo de presentación

El modelo 232 se tiene que presentar el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Por ejemplo, si el ejercicio social de su empresa coincide con el año natural, la presentación se tendrá que realizar el mes de noviembre.



Para mayor información, contacte con nuestros asesores al 93 870 64 08 o envíe un correo electrónico a agora@agora-sa.com