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17 de septiembre de 2026Aunque pueda parecer un trámite sencillo, la experiencia demuestra que una parte importante de los conflictos laborales surge precisamente de una mala planificación del descanso anual.
La normativa vigente, los convenios colectivos y una jurisprudencia cada vez más amplia han ido resolviendo cuestiones prácticas que conviene tener en cuenta antes de dejar cerrado el calendario de vacaciones de todo el equipo.
El derecho a vacaciones no varía en función de la jornada
Una de las dudas que surgen con mayor frecuencia tiene que ver con el personal a tiempo parcial o con los cambios de jornada a lo largo del año.
Es importante tener claro que la duración de las vacaciones no se reduce por el hecho de trabajar menos horas. Salvo que el convenio colectivo mejore esta cifra, el mínimo legal sigue siendo de treinta días naturales al año, tanto para jornadas completas como parciales. Cuando la relación laboral no se extiende durante todo el año, las vacaciones se devengan de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado.
A tener en cuenta. La jornada parcial puede reducir el salario que se percibe durante las vacaciones, pero nunca el número de días de descanso que corresponden a la persona trabajadora.
Nadie puede imponer las vacaciones de forma unilateral.
Las fechas de vacaciones deben acordarse entre la empresa y la persona trabajadora, o bien seguir el procedimiento establecido en el convenio colectivo. Además, deben comunicarse con, como mínimo, dos meses de antelación.
La empresa no puede decidirlas de forma unilateral, ni tampoco puede hacerlo la persona trabajadora por su cuenta. Incumplir este procedimiento puede dar lugar a sanciones disciplinarias y, en los casos más graves, incluso al despido.
Es muy recomendable dejar constancia por escrito del acuerdo alcanzado: un correo electrónico o un documento firmado pueden evitar futuros problemas.
Estar de baja no significa perder las vacaciones
Cuando las vacaciones coinciden con una situación de incapacidad temporal, la ley prevé distintos escenarios. Si la baja tiene su origen en el embarazo, el nacimiento o la lactancia, la persona trabajadora podrá disfrutar de sus vacaciones más adelante, aunque ya haya finalizado el año natural.
En el resto de los casos de incapacidad temporal —por enfermedad común o accidente, por ejemplo— el derecho también se mantiene. Si la baja se prolonga hasta el 31 de diciembre y las vacaciones no pueden disfrutarse dentro del mismo año, podrán disfrutarse dentro de los dieciocho meses siguientes al final del año en que se generaron.
Nota. No todas las bajas tienen el mismo efecto sobre las vacaciones. Es necesario analizar cada caso antes de dar por perdido este derecho.
El salario durante las vacaciones debe mantenerse como de costumbre
Las vacaciones no son solo un período de descanso: también deben garantizar que la persona trabajadora continúe percibiendo su retribución habitual. Por ello, los complementos salariales que se perciban de forma regular también deben incluirse durante este período.
Los tribunales han ampliado este criterio a muchos conceptos variables, siempre que se perciban con suficiente regularidad.
Nota. Tener en cuenta únicamente el salario base puede generar diferencias salariales que la persona trabajadora podrá reclamar posteriormente.
Las vacaciones no disfrutadas deben liquidarse al finalizar el contrato
Si el contrato finaliza antes de que la persona trabajadora haya disfrutado de todas las vacaciones acumuladas, la empresa deberá abonarlas en la liquidación y cotizar por esos días. También puede ocurrir lo contrario: que se hayan disfrutado más días de los que correspondían, en cuyo caso deberá regularizarse la situación de acuerdo con la normativa y las circunstancias concretas.
La desconexión también es un derecho durante las vacaciones
El objetivo del descanso anual es permitir que la persona trabajadora se recupere física y mentalmente. Por ello, durante las vacaciones no tiene sentido exigir una disponibilidad constante para atender llamadas, correos electrónicos o mensajes de trabajo, salvo que concurran circunstancias muy excepcionales.
Contar con una buena política interna de desconexión digital ayuda a reducir conflictos y facilita que la empresa cumpla con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Nota. Las vacaciones no son un período de disponibilidad permanente. Deben evitarse las comunicaciones laborales que no sean estrictamente necesarias durante este período.
¿Qué ocurre si no se disfrutan las vacaciones?
Como norma general, las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural al que corresponden. Sin embargo, la jurisprudencia europea ha matizado esta regla: si la empresa no puede demostrar que realmente facilitó el ejercicio de este derecho ni que advirtió de las consecuencias de no disfrutarlo, la pérdida automática de las vacaciones podría no ser válida.
Nota. No basta con permitir el disfrute de las vacaciones; la empresa debe poder demostrar que informó a la persona trabajadora y que facilitó su disfrute efectivo.
Un buen momento para revisar el saldo de vacaciones
Una vez pasado el verano, conviene comprobar quién ha agotado ya todos sus días de vacaciones y quién todavía tiene días pendientes. Esta revisión ayuda a organizar mejor el último trimestre del año, evita acumulaciones de última hora y reduce los conflictos relacionados con el cierre del ejercicio.
Una bona planificació documental, un calendari ben comunicat i el respecte als criteris que marquen la normativa i el conveni col·lectiu segueixen sent les millors eines per prevenir reclamacions i garantir una gestió correcta d’un dels drets laborals més rellevants de la plantilla.
Para más información o para resolver cualquier duda, puedes contactar con nuestro equipo de asesores del Área Laboral en el 93 870 64 08 o a través del correo electrónico agora@agora-sa.com




